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Últimos mensajes dejados por Dangalf

Mensaje escrito por Dangalf el 22/05/2013 01:26:18 pm - Puntaje: 1 
elmagofer escribió: Cuantos años tienen ustedes ?
La edad te da impunidad de voto?
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Mensaje escrito por Dangalf el 22/05/2013 01:19:16 pm - Puntaje: 5 
Siempre fueron funcionales al gobierno de turno. Pan y circo señores!!! aunque el pan se ve poco... [image]http://static5.cuantarazon.com/crs/2012/06/CR_673067_tomad_pan_y_circo.jpg[/image] [image]http://www.cadal.org/slide_fotos/Pan_y_Circo_Crisitna_Grondona.jpg[/image] Si no se ve, por favor tomense la molestia de hacer clic en el link. [link]http://www.cadal.org/slide_fotos/Pan_y_Circo_Crisitna_Grondona.jpg[/link][anchor_text]http://w
ww.cadal.org/slide_fotos/Pan_y_Circo_Crisitna_Grondona.jpg[/anchor_text]

Mensaje escrito por Dangalf el 21/05/2013 06:02:53 pm - Puntaje: 5 
Increile!!!! jajajaja, espero que no se haya muerteo, pero cuando ví el video completo me vino esto a la mente [image]http://1.bp.blogspot.com/-LW_iCt_oKGc/UEepDsZUAqI/AAAAAAAAADw/UpGdxXl3v98/s640/licuadora+1922
-2000.jpg[/image]

Mensaje escrito por Dangalf el 21/05/2013 04:32:36 pm - Puntaje: 1 
Excelentes!

Mensaje escrito por Dangalf el 21/05/2013 04:11:38 pm - Puntaje: 4 
[image]http://k43.kn3.net/taringa/2/9/5/4/1/7//profedemate2001/BB3.jpg?1277[/image]

Mensaje escrito por Dangalf el 21/05/2013 03:22:10 pm - Puntaje: 1 

Mensaje escrito por Dangalf el 20/05/2013 04:18:15 pm - Puntaje: 1 
Feliz cumpleaños!!!!

Mensaje escrito por Dangalf el 20/05/2013 01:07:50 am - Puntaje: 2 
soyseba escribió:
Dangalf escribió: Tocando un poco el tema de los jubilados, a mi me da mucha tristeza, cuando viene la fecha de vencimiento de expensas y te llaman por telefono, te piden que los aguantes, que les cambiaron la fecha de cobro para el 29 o el 30, y yo les digo a todos que los esperamos. A veces, esos viejitos, que garpan siempre los ingresamos como pagos y vienen a pagar el 1 o2 del mes siguiente, recontra vencido, pero es la unica forma de pagar. El problema es que no podemos trabajar con fondos genuinos y se da vuelta el presupuesto, pero bueno, ahi es donde la flexibilidad y un buen trato con los encargados, no acarrea un problema por cobrar despues de la fecha maxima de cobro. Por otro lado el problema habitacional de los viejitos que estan jubilados es pesado, se rompieron el culo, la mayoria, para tener un departamentito y cuando se dan cuenta, el 75 % de lo que cobran de jubilacion se les va en expensas...WTF?? si en otros casos el porcentaje es menor, pero es una aberracion. Y mudarse....a donde?? si podes conseguir una propiedad mas barata, sin expensas, alquilar en City Bell o en Berisso, o en Ciudadela, pero a personas de edad avanzada, que tienen 2 cosas que le importa y a lo mejor en la misma cuadra de la casa, practicamente los matas. Viven solo, les alcanza para nada y viven deprimidos, a mi me parte el corzaon, encima los familiares mayormente los dejan tirados... hasta que tienen que desocupar el departamento para alquilarlo.
si deja no me lo digas, que en mi edificio yo agarre para integrar el consejo por eso mismo, la morosidad es terrible, es un muerto casi imposible de levantar y muchos de ellos son deptos de viejitos jubilados... los esperamos lo mas posible, 3 , 4 o hasta 6 meses pero solo vemos que es peor, porque no pueden pagar en tiempo y forma. imposible le sera levantar la deuda acumulada. Y algunos ya van para remate, a mi en esas reuniones se me caen las lagrimas, porque no puedo dar una solucion, solo la de esperar, pero es una eterna agonia par todos... y los que pagan al dia reclaman porque ellos no tienen la culpa y exigen que todos estemos en las mismas condiciones... es muy dificil la situacion, hay que estar y vivirla... no como cierta gente que se rie de las desgracias estas y lo unico que les sale decir es porque no se mudan, como si la situacion ahora estuviera mejor despues del descalabro que armaron con el cepo cambiario, las viviendas se fueron a la mierd.. y encima casi no hay oferta porque nadie se quiere arriesgar a quedarse con pesos que de una dia para el otro se desvalorizan y a esa tabla que pusiste de salarios basicos, tenes que agregarle todos los plus que cobran mas todos los aportes que es otro tanto, en el nuestro total solo de sueldos mas aportes 28.000$ que este mes fue el 64% de las expensas totales... y es una bola de nieve, que acumula y acumula sin freno
Si, es el basico mas los adicionales que estan abajo. Pero en el total del prorrateo de gastos es el 65/70 % de los gastos. Una barbaridad. Si, mudense a otro lado! hoy en dia, es imposible si no tenes mucha guita, ademas, la comisiones de las inmobiliarias? el costo de escribanos? es un gastadero de guita terrible. Los morosos... Se les puede hacer un plan de pagos, congelando los intereses, pero ni bien dejen de pagar, hay que iniciarle las acciones correspondientes. Lamentablemente, el Consorcio es SOLIDARIO para unas cosas, pero para otras, no tanto... Pero hablando el tema, de fondo, que hacer con los jubilados? Si no tiene familia o no se hacen cargo, los ves como se van deteriorando lentamente, cada vez mas flacos. A mi me parte verlos, gente grande que se rompio toda su vida, para que tengan que sufrir tanto al final cuando deberian estar bien, tranquilos.
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Mensaje escrito por Dangalf el 20/05/2013 12:42:35 am - Puntaje: 3 
pole09 escribió:
Dangalf escribió:
pole09 escribió: Y bueno los que pueden y quieran tener un encargado, que lo tengan.Ahora segun mi punto de vista, hay que tener unas ganas de mantener a los holgazanes de los encargados!Plus por la basura???? y si no se encargan de la basura para que carajos se les paga, para pasar un trapito?Es JODA!
Y si, pplus por retiro de residuos, por manejo de cocheras, por jasrdineria, etceteras varios.... Pero decime Pole, si vos sos abogado y te piden los clientes que les vayas a la casa a cocinar , que haces?
soyseba escribió:
Almitamu escribió: Descalificás a quien ha hecho eso como trabajo durante décadas.
yo no te descalifique... pero una pregunta: hay algo que no hayas hecho? AHORA VOLVIENDO AL TEMAnadie cree que es un desproposito pagarle a un portero 10.000$ por la tarea que hace ???cuando un docente no llega ni a la mitad de eso, y ni siquiera los medicos
Pensandolo así, parece un desproposito, pero depende del sistema de referencia en que lo veas. Si un docente ganara 20.000 mangos, no sería tan loco, pero estamos en Argentina y esto es así. Take it or leave it. Comparto con vos, pero es así, fijate cuanto gana un FUTBOLISTA!!!!! la put que los parió! y los docentes que enseñan gratis por vocación? de que viven? y los medicos rurales? Si, es este sistema de referencia un encargado puede ganar esa guita. ojo, tiene que tenes una antigüedad importante y meterle horas extra a morir, por eso se les debe hacer pesado pagar una indemnización
O sea vos entendes que nada tiene que ver el trabajo del encargado del edificio con el de la separacion de los residuos del edificio. Evidentemente yo lo veo de una manera muy distinta, creo que es parte del laburo historico que tuvieron los encargados Los encargados estan a solo efecto de realizar tareas de limpieza y mantenimiento general del edificio, y la verdad me parece una huevada que separar los residuos para colocarlos en un contenedor sea un motivo de pedido de aumento Casi me olvidaba y sin animo de ofender , el ejemplo del abogado al que se le pide que cocine es una gilada epica.
Sos abogado? jeje, disculpame! No me des cosas por entendidas, yo te comente que el retiro de residuos se paga aparte, por unidad. ( $7.98 p/mes/unidad) , nada mas. Y si, relacion tiene, no va a retirar los residuos el personal de mantenimiento de ascensores... pero bueno, por algo te habra molestado. Ojo, clasificar la basura tiene otro precio. Y ya que estamos, te dejo las obligaciones y las no obligaciones del encargado, extraidos del CCT 589/10, [link]http://www.suterh.org.ar/pagina/convenio-colectivo-trabajo-58910[/link][anchor_text]acá [/anchor_text] esta completo para el que lo quiera leer, lo recomiendo si les interesa el tema. OBLIGACIONES DEL PERSONAL ARTICULO 23º: El personal deberá: 1. Habitar la unidad que en el edificio se ha destinado a ese fin, el que no puede ser alterado, la que deberá mantener en perfecto estado de conservación e higiene destinándola exclusivamente para el uso que le es propio, para habitarla con su familia integrada por esposa/o e hijos/as, estándole prohibido darle otro destino ni albergar en ella, aunque fuera transitoriamente a personas extrañas al núcleo familiar. El administrador podrá verificar personalmente el estado de la vivienda en compañía del/la empleado/a, siempre en horarios de trabajo.- El trabajador está obligado a pernoctar en la misma en las jornadas hábiles. 2. Usar la ropa y equipamiento de trabajo que debe suministrarle el empleador de conformidad a lo establecido en el artículo 14º y 18º del presente Convenio, la que deberá conservar en perfecto estado de limpieza. 3. En caso de que un empleador le suministre indumentaria para vestir en el cumplimiento de sus funciones, el/la trabajador/a deberá usarla en las circunstancias que queden determinadas. Las prendas deberán ser confeccionadas sin adornos, leyendas ni colores llamativos. La vestimenta consistirá en dos (2) trajes, uno de verano y otro de invierno, cuatro camisas, dos corbatas y un par de zapatos. La entrega de este vestuario deberá repetirse cada dos años, la que deberá conservar en perfecto estado de limpieza. 4. Avisar al administrador, de inmediato toda novedad que se produjera en el edificio.- 5. Poner en conocimiento del Administrador, inmediatamente de formulado, cualquier reclamo que hagan los copropietarios. Si el administrador no viviera en el edificio, los gastos que demandare la comunicación estarán a cargo del empleador.- 6. Acordar a todos y cada uno de los copropietarios u ocupantes por igual, el correcto tratamiento a que tienen derecho los integrantes del consorcio.- 7. Mantener en perfecto estado de conservación, aseo e higiene, todas las partes comunes del edificio, como así también las puertas de uso común. Asimismo no estará obligado/a al lavado de paredes pintadas, salvo las manchas producidas en las interiores comunes cuando sean ocasionales y no derivadas de su uso normal o producidas por el paso del tiempo. El resultante de esta tarea no es responsabilidad del/la trabajador/a.- 8. Controlar el funcionamiento de las máquinas e instalaciones del edificio.- 9. Entregar sin dilación alguna, a cada destinatario la correspondencia que viniera dirigida a ellos, como asimismo los resúmenes de expensas y comunicaciones que efectuare el administrador por escrito a los copropietarios.- 10. Vigilar la entrada y salida de personas del edificio, impidiendo sin excepción alguna la entrada de vendedores ambulantes, promotores y/o similar y el estacionamiento de personas en las puertas de acceso o espacios comunes. 11. Impedir la entrada al edificio de proveedores, fuera del horario que al efecto fije el Administrador.- 12. Poner en funcionamiento y asegurar la protección de los servicios generales del edificio, en las oportunidades que fije el administrador dentro del horario habitual de tareas, debiendo además cambiar lámparas y tubos fluorescentes de las partes comunes de edificio. 13. Acatar las órdenes que le imparta el Administrador, las que deberán ser fijadas en un Libro de Ordenes rubricado por la autoridad competente, el que permanecerá en poder del Administrador con la obligación del encargado de notificarse recibiendo una copia de lo expuesto en el mismo, pudiendo hacer los descargos que estime conveniente.- 14. Abstenerse de realizar cualquier tarea de atención a los copropietarios en su horario de trabajo, pudiendo realizarlos por su cuenta en horario de descanso y francos.- 15. Mantener debidamente actualizado y proporcionar a sus reemplazantes circunstanciales o definitivos, toda la información concerniente al desempeño de las distintas tareas a su cargo.- 16. La responsabilidad de las tareas recae exclusivamente en la persona designada por el principal, estando excluido derivar dicha responsabilidad en familiares o terceros, siendo tal incumplimiento una falta, no teniendo el empleador responsabilidad alguna ante eventuales accidentes o reclamos que pudieran producirse por parte de estos familiares o terceras personas.- 17. Las llaves del sótano y controles del edificio, sólo podrán encontrarse en poder del/la trabajador/a encargado/a y del Administrador, o la persona que éste designe. De encontrarse su acceso en la vivienda del/la encargado/a, sólo podrá accederse en caso de emergencia.- 18. El administrador del Consorcio se halla facultado para indicar el lugar donde deberán hallarse a disposición los/as empleados/as comprendidos en la C.C.T. vigente cuando no se encuentren prestando tareas efectivas. 19. El Administrador podrá determinar y ordenar la cantidad de veces que se retirarán los residuos en el edificio dentro del horario de trabajo. En caso en que en el edificio se generen residuos provenientes de consultorios médicos, odontológicos, veterinarios, de análisis clínicos, radiológicos, los mismos se dispondrán de acuerdo a la legislación vigente. El/la trabajador/a no deberá manipular en ningún caso esos residuos. 20. El/la empleado/a con vivienda que se encuentre en el edificio, tendrá la obligación de prestar colaboración en el consorcio, aunque se encuentre fuera de su horario de servicio, cuando se produzcan emergencias, situaciones de urgencia o cuando se ponga en peligro la seguridad de los bienes y de las personas que habitan el consorcio. La colaboración prestada por el/la empleado/a en tales circunstancias deberá ser remunerada con el pago de horas extraordinarias. El desconocimiento de lo expuesto, será considerado como falta grave. 21. Entre el/la trabajador/a y el empleador se podrá establecer libremente la realización de jornadas continuadas y sin descansos intermedios, dentro de lo establecido en la presente Convención.- 22. Barrer y recoger la basura del cordón de la vereda en toda la extensión del frente del edificio.- 23. Deberá observar el correcto aseo e higiene personal durante la jornada laboral como asimismo de la vestimenta. TAREAS NO OBLIGATORIAS DEL PERSONAL ARTICULO 24º: El personal no estará obligado: 1. A realizar la cobranza de expensas comunes 2. A la tenencia de la réplica de las llaves de las unidades que compongan el edificio 3. A la tenencia ni atención del aparato telefónico de uso común, si lo hubiere.- 4. A retirar materiales o escombros provenientes de las obras realizadas por el consorcio o por los copropietarios en el edificio.- 5. El/la encargado/a no estará obligado/a a recibir ni firmar notificaciones administrativas ni judiciales y/o correspondencia certificada destinada a los consorcistas, salvo expresa autorización del destinatario.-
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Mensaje escrito por Dangalf el 20/05/2013 12:24:25 am - Puntaje: 1 
soyseba escribió:
MrChiesa escribió: no que a un tipo le aumenten el sueldo una vez por año para ajustar su ingreso al costo de vida.
leiste bien? un 33% de aumento... el portero nuestro esta hoy en 8 lucas y se va a mas de 10. UNO DE ELLOS SOLAMENTE tenemos otros 2aca hay algo incongruente entonces... porque un 33% si el gobierno dice que no hay inflacion
Aca esta la escala salarial vigente. Inicio > Planilla Salarial Vigente Planilla Salarial Vigente PLANILLA SALARIAL jUNIO 2012 FUNCIONES 1º CAT. 2º CAT. 3º CAT. 4º CAT. Encargado Permanente con vivienda 4.472 4.286 4.099 3.727 Encargado Permanente sin vivienda 5.256 5.037 4.818 4.380 Ayudante Permanente con vivienda 4.472 4.286 4.099 3.727 Ayudante Permanente sin vivienda 5.256 5.037 4.818 4.380 Ayudante Media Jornada 2.628 2.519 2.409 2.190 Personal Asimilado con vivienda 4.472 4.286 4.099 3.727 Personal Asimilado sin vivienda 5.256 5.037 4.818 4.380 Mayordomo con vivienda 4.638 4.444 4.251 3.865 Mayordomo sin vivienda 5.471 5.243 5.015 4.559 Personal con más de 1 función con vivienda 4.472 4.286 4.099 3.727 Personal con más de 1 función sin vivienda 5.256 5.037 4.818 4.380 Encargado Guardacoches con vivienda 3.943 3.943 3.943 3.943 Encargado Guardacoches sin vivienda 4.281 4.281 4.281 4.281 Personal Vigilancia Nocturna 4.735 4.735 4.735 4.735 Personal Vigilancia Diurna 4.409 4.409 4.409 4.409 Personal Vigilancia Media Jornada 2.205 2.205 2.205 2.205 Encargado No Permanente Con vivienda 2.122 2.122 2.122 2.122 Encargado No Permanente sin vivienda 2.306 2.306 2.306 2.306 Ayudante Temporario 4.319 4.319 4.319 4.319 Ayudante Temporario Media Jornada 2.160 2.160 2.160 2.160 a a Para cualquiera de las categorías: Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 inc. p – HORA) 44,65 Suplente con horario por día 195 Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina 7,98 Clasificación de residuos 10,49 Valor vivienda 29,35 Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 – inc. d, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año ( 1%) 43,80 Plus por antigüedad – por año ART. 11 ( 2%) 87,60 Plus limpieza de cocheras 109,03 Plus movimiento de coches – Hasta 20 unidades 161,45 Plus Jardín 109,03 Plus Zona Desfavorable 20% Título de Encargado Integral de Edificio 7% Yo no sabia que les iban a dar un 33%, pero acuerdense que los aumentos son escalonados hasta que se homologuen en el ministerio, igual, despues se paga el retroactivo desde que salio el aumento. Inflacion?? que es eso? jeje depende del gremio al que estes afiliado mi querido, podras subir o no...
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Mensaje escrito por Dangalf el 20/05/2013 12:17:37 am - Puntaje: 1 
MrChiesa escribió:
soyseba escribió: naaa esta visto que se hacen bien los giles a vos te sobrara la guita almita, pero anda y decile a todos los jubilados que viven en departamentos que se muden que van a encontrar algo mas barato en provincia en la conch de la lora lo dicen como si yo tuviera la posibilidad de cambiar lo que pasa en mi edificio, en el que no soy el unico consorcista, y entre al consejo que no soy el unico para controlar un poco los gastos del administrador , simplemente un consorcista, comun y silvestre. Dan ejemplos como si esto fuera una EMPRESA y YO EL DUEÑO y les cuento por si no saben, que un consorcio NO PRODUCE, NO TIENE GANANCIAS...
En esa te banco a muerte. Los administradores sin control, y Dangalf lo puede afirmar, pueden arreglar con los proveedores de servicio para quedarse con un vuelto, entre otras cosas. Pero, por otra parte, los empleados del consorcio viven en el mismo país que nosotros y pasan por la misma realidad de todos los días aumento de precios de los bienes y servicios, por ejemplo. Entonces... el sueldo hay que subirlo.Por otra parte, los jubilados deberían de estar mejor pagos 82% móvil, seguro y eso no pasa. Vos estás puntualizando un problema, pero lo grave es lo de la jubilación no que a un tipo le aumenten el sueldo una vez por año para ajustar su ingreso al costo de vida.
Por supuesto que te lo confirmo, en todos los ambitos de la vida, desde el año cero, existe la corrupcion, en mayo o menor nivel, pero es corrupcion igual, asi como engancharte del cable por que le tiras $100 al operario. En donde laburo yo tuvimos un par de casos graves, hasta que se abrieron los socios, despues pudimos mantener la empresa gracias a la integridad del administrador. Tocando un poco el tema de los jubilados, a mi me da mucha tristeza, cuando viene la fecha de vencimiento de expensas y te llaman por telefono, te piden que los aguantes, que les cambiaron la fecha de cobro para el 29 o el 30, y yo les digo a todos que los esperamos. A veces, esos viejitos, que garpan siempre los ingresamos como pagos y vienen a pagar el 1 o2 del mes siguiente, recontra vencido, pero es la unica forma de pagar. El problema es que no podemos trabajar con fondos genuinos y se da vuelta el presupuesto, pero bueno, ahi es donde la flexibilidad y un buen trato con los encargados, no acarrea un problema por cobrar despues de la fecha maxima de cobro. Por otro lado el problema habitacional de los viejitos que estan jubilados es pesado, se rompieron el culo, la mayoria, para tener un departamentito y cuando se dan cuenta, el 75 % de lo que cobran de jubilacion se les va en expensas...WTF?? si en otros casos el porcentaje es menor, pero es una aberracion. Y mudarse....a donde?? si podes conseguir una propiedad mas barata, sin expensas, alquilar en City Bell o en Berisso, o en Ciudadela, pero a personas de edad avanzada, que tienen 2 cosas que le importa y a lo mejor en la misma cuadra de la casa, practicamente los matas. Viven solo, les alcanza para nada y viven deprimidos, a mi me parte el corzaon, encima los familiares mayormente los dejan tirados... hasta que tienen que desocupar el departamento para alquilarlo.
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Mensaje escrito por Dangalf el 19/05/2013 11:53:32 pm - Puntaje: 1 
soyseba escribió:
Dangalf escribió: Pensandolo así, parece un desproposito, pero depende del sistema de referencia en que lo veas. Si un docente ganara 20.000 mangos, no sería tan loco, pero estamos en Argentina y esto es así. Take it or leave it. Comparto con vos, pero es así, fijate cuanto gana un FUTBOLISTA!!!!! la put que los parió! y los docentes que enseñan gratis por vocación? de que viven? y los medicos rurales? Si, es este sistema de referencia un encargado puede ganar esa guita. ojo, tiene que tenes una antigüedad importante y meterle horas extra a morir, por eso se les debe hacer pesado pagar una indemnización
naaa que horas extras, le tenemos prohibida a la adm dar horas extras para hacer mas de lo mismo. Y revocamos otra mala costumbre que tenian, de no querer tomarse las vacaciones para que se las pagaramos... como si no tuvieran suficiente vacaciones sin hacer nada durante todo el año y si los de las asambleas es triste pero es asi, todos se quejan, todos patalean por lo que pagan de expensas, a mi que soy del consejo no sabes las puteadas que me he comido, pero cuando hay asamblea no bajan, somos los mismos de siempre menos del 10% del consorcio y digo el 10 como puedo decir 5%
Eso de no querer tomarse las vacaciones, es relativo. El encargado no puede no tomar sus vacaciones, la administracion TIENE que ir consultando con mucho tiempo de anticipacion, o de otra forma, el encargado tiene que pedirla con 45 dias corridos de anticipacion, por que sabes que las vacaciones caducan si no las toma en tiempo y forma? si los copropietarios no bajan a las Asambleas, despues de que se resuelven temas de aumentos por X motivos, que se jodan!!! OJO, el administrador tiene la potestad de aumentar las expensas cuando sea necesario, no puede dejar al Consorcio desprovisto de fondos para hacerle frente a los gastos ( ej, AFIP, suterh, etc) por que estaria haciendo mala praxis.
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Mensaje escrito por Dangalf el 17/05/2013 03:44:49 pm - Puntaje: 3 
pole09 escribió: Y bueno los que pueden y quieran tener un encargado, que lo tengan.Ahora segun mi punto de vista, hay que tener unas ganas de mantener a los holgazanes de los encargados!Plus por la basura???? y si no se encargan de la basura para que carajos se les paga, para pasar un trapito?Es JODA!
Y si, pplus por retiro de residuos, por manejo de cocheras, por jasrdineria, etceteras varios.... Pero decime Pole, si vos sos abogado y te piden los clientes que les vayas a la casa a cocinar , que haces?
soyseba escribió:
Almitamu escribió: Descalificás a quien ha hecho eso como trabajo durante décadas.
yo no te descalifique... pero una pregunta: hay algo que no hayas hecho? AHORA VOLVIENDO AL TEMAnadie cree que es un desproposito pagarle a un portero 10.000$ por la tarea que hace ???cuando un docente no llega ni a la mitad de eso, y ni siquiera los medicos
Pensandolo así, parece un desproposito, pero depende del sistema de referencia en que lo veas. Si un docente ganara 20.000 mangos, no sería tan loco, pero estamos en Argentina y esto es así. Take it or leave it. Comparto con vos, pero es así, fijate cuanto gana un FUTBOLISTA!!!!! la put que los parió! y los docentes que enseñan gratis por vocación? de que viven? y los medicos rurales? Si, es este sistema de referencia un encargado puede ganar esa guita. ( ojo, tiene que tenes una antigüedad importante y meterle horas extra a morir, por eso se les debe hacer pesado pagar una indemnización )
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Mensaje escrito por Dangalf el 17/05/2013 03:39:20 pm - Puntaje: 2 
soyseba escribió:
Almitamu escribió:
soyseba escribió:
Almitamu escribió:
soyseba escribió: se justifica que un portero gane 8700$ como es el caso en nuestro edificio de 15 pisos y que tiene una ayudante de portero que gana un poco menos, y un suplente para los feriados? y estoy hablando de un edficio que tiene como 40 años, no tiene ningun lujo y se cae a pedazos
¿Cuánto querías que gane? 2 lucas?
naaaa no me cargues almita.... 10 lucas ????? por estar chusmeando todo el dia , dejate joder
Te reitero lo que dije en el posteo de respuesta a pablo001. Haganlo laburar acorde a lo convenido.
naaa es imposible, si son tan caraduras que te dicen que tienen derechos adquiridos y bla blaencima dicen que no tienen obligacion de ayudar a nadie a salir del ascensor si se queda parado, que hay que llamar y esperar a los bomberos
Tienen razón, no tienen obligación de sacar a nadie de un ascensor, tienen que llamar al conservador y listo. Y si esto pasa a las 2 de la madrugada, a quien le tocan el timbre los propietarios? Al encargado... que si es un tipo/a piola, se presta para todo de urgencia. Y después tiene que cobrar el valor miserable de una hora extra, en realción al servicio de urgencia que te prestó. Donde queda la solidaridad y el real valor humano del gesto? como lo pagás?
Sikrio escribió:
soyseba escribió:
Sikrio escribió:
soyseba escribió: se justifica que un portero gane 8700$ como es el caso en nuestro edificio de 15 pisos y que tiene una ayudante de portero que gana un poco menos, y un suplente para los feriados? y estoy hablando de un edficio que tiene como 40 años, no tiene ningun lujo y se cae a pedazos
Reunan al consorcio, tomen medidas y listo
si me decis eso es porque no leiste mas arriba y porque tampoco tenes idea de lo que es un consorcio
Si, tenes razon, yo no tengo idea de lo que es un consorcio, ni una indemnizacion, etc.... jodete y segui pagando una fortuna entonces, mira que simple
Si Sikrio, lamentablemente es así de simple...
soyseba escribió:
VaronV escribió: Los propietarios no están para controlar al encargado,para eso esta el administrador....con ese si hay que tener ojo....y que cumpla con el pedido de los propietarios...si es que hay algo para reclamarle al encargado no?
exacto, la autoridad de ellos seria el Administrador, por mas que seamos nosotros los que bancamos todo con nuestros haberes. En el nuestro cuando llegue vi que no habia ni un Consejo de Administracion y yo movi los hilos para formar uno. Hasta logramos echar ese administrador y todo. Pero como todo, tenes que estar encima controlando todo, la verdad que no se para que le pagamos al administrador , sino fuera por todo los quilombos legales y de aportes de sueldos
Ojo con eso, el único que le puede impertir órdenes a un encargado es el administrador, no se embalen con directivas, que de una mala forma lo pueden tomar como acoso laboral...
Almitamu escribió:
soyseba escribió:
Almitamu escribió: Por supuesto. ¿Cómo un portero va a ayudar a salir a alguien del ascensor? ¿qué quieren, tener que pagar un muerto? Del ascensor se sale con auxilio de la empresa contratada para el service de los ascensores, que trabaja 24 hs x 7 días, o de la mano de los bomberos.Hay que leer cosas con un nivel de delirio importante...
me estas cargando no? mira si vamos a dejar a una viejita encerrada hasta que vengan los de la empresa o los bomberos.... Hay que leer cosas con un nivel de delirio importante...
Tiene razón Sikrio.
Sikrio escribió: Si, tenes razon, yo no tengo idea de lo que es un consorcio, ni una indemnizacion, etc.... jodete y segui pagando una fortuna entonces, mira que simple
Sí soyseba, tenés razón, yo no tengo idea de cómo se maneja un edificio, ni qué te cubre y qué no te cubre la ART con respecto al portero, ni qué te cubre o no te cubre el seguro del edificio si la viejita se muere... seguí pagando. La verdad, merecés seguir pagando.Realmente, y haciendo alusión al título del thread, que te ayude otro. Descalificás a quien ha hecho eso como trabajo durante décadas.
La ART no te cubre nada si querés despedir a un encargado por que se te antoja, o mejor dicho, sin causa. LA ART está en parte para cubrir al Consorcio si el encargado tiene un accidente, a partir del decimo día de licencia, el consorcio empieza a cobrqar los salarios caídos. Y enc aso de jubilación por incapacidad/enfermedad se hace cargo de una parte creo. Por eso es algo IMPORTANTISIMO de que si tienen un encargado que gana un sueldo alto, que le saquen un seguro de vida, aparte, para que el Consorcio no tenga que poner la guita si fallece. Por que en ese caso le correspondería la mitad de una indemnización comun, como si lo despidieras sin causa, a las personas que el dejó como herederas, no me sale la palabra... Beneficiarios!!!
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Mensaje escrito por Dangalf el 17/05/2013 03:27:30 pm - Puntaje: 2 
pablo001 escribió: mi portero hace acto de presencia de 18:00 a 20hs , siempre en la puerta cruzado de brazos apoyado en un auto.....
Si no tiene nada para hacer, que mejor que esté en la puerta antes que esté en su casa tomando mate? e inclusive, podría estar haciendo eso, mientras esté al servicio del Consorcio, no importa si está adentro o fuera de la vivienda que le birnda el Consorcio.